En el día de ayer se publicó la Resolución N° 54 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en la cual se actualizó el protocolo de prevención para evitar el contagio y propagación del virus COVID-19 en el ámbito laboral.
Se resolvió ampliar las medidas de control y prevención, por lo cual se establecieron los siguientes puntos:
- Dentro de los mecanismos de comunicación a los trabajadores, debe incluirse información general sobre las características y riesgos de la enfermedad producida por el Covid-19.
- Proveer material de higiene en los lugares de trabajo para cumplir con las medidas de control y prevención emitidas por el Ministerio de Salud Publica.
- Asegurar que los lugares y equipos de trabajo se encuentren limpios e higienizados.
- Asegurar el adecuado mantenimiento y limpieza de los equipos que proyectan aire.
- Indicar a quienes se encuentren realizando tareas laborales la necesidad del lavado frecuente de manos o uso de alcohol en gel, debiendo colocar cartelería visible a estos efectos.
- Asegurar el suministro de jabón en baños y cocinas.
- Colocar dispensadores de alcohol en gel en sitios visibles, y asegurar su reposición.
- Organizar el trabajo de forma que entre los trabajadores o entre éstos y el público, exista una distancia de al menos un metro y medio.
- Evitar la concentración de personas en los lugares de trabajo, procurando que su número esté limitado al mínimo posible.
Se señala que, en caso de que los trabajadores presenten los síntomas respiratorios de dicha enfermedad, deban permanecer en su domicilio y realizar consulta a su prestador de salud. Es este último quien determinará si corresponde certificación médica.
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